RESOLUCIÓN DEL DIRECTOR GENERAL DE LUCHA CONTRA EL CAMBIO CLIMÁTICO Y MEDIO AMBIENTE POR LA CUAL SE APRUEBA EL SISTEMA DE INTERVENCIÓN APLICABLE A LA TERMITA SUBTERRÁNEA ORIENTAL, ESTABLECIENDO LAS NORMAS BÁSICAS PARA SU GESTIÓN, CONTROL Y ERRADICACIÓN, EN EJERCICIO DE LAS FUNCIONES QUE LE COMPETEN COMO PUNTO FOCAL EN EL MARCO DE LA RED DE ALERTA TEMPRANA DE CANARIAS PARA LA DETECCIÓN E INTERVENCIÓN DE ESPECIES EXÓTICAS INVASORAS (REDEXOS).

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Algúnas de las partes de la Resolución

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4. Gestión de los restos susceptibles de albergar termitas

Con el objetivo de eliminar elementos que contengan termitas subterráneas y conseguir que estas no se dispersen y originen nuevos focos, se ha elaborado un protocolo para la gestión de dichos elementos.

Protocolo para la gestión de restos susceptibles de albergar termitas :

 Tratamiento de material vegetal y enseres

Para lograr un control del material vegetal y enseres que se generen en la zona con presencia de termitas, es necesario poner en marcha un conjunto de actuaciones que permitan minimizar el riesgo de dispersión de esta especie hacia otras zonas de la isla. Estas acciones se centran en el control de este material en tres fases:

1º.- Recogida de elementos en las viviendas y transporte al punto de control

La recogida de restos de podas de jardín y de enseres de madera se hará a instancia de la persona interesada, la cual informará de los materiales a retirar.

Si la vivienda desde la que se solicita el traslado de materiales no está en el banco de datos de viviendas afectadas, se registrará por la administración competente para constatar que se trata de una vivienda afectada por la termita subterránea.

Si los elementos que puedan contener termitas (madera, muebles, restos de poda y otros) se encuentran en viviendas catalogadas como afectadas, se procederá a su retirada por parte de la empresa que tenga encomendada la gestión de estos residuos potencialmente contaminados. Se desplazará a la vivienda en cuestión y procederá a la recogida de enseres o restos de poda de particulares y los trasladará al punto de acopio habilitado a tal fin. Previo a la recogida, se informará a la persona interesada de la fecha de retirada.

Los restos de podas de jardines públicos de la zona afectada serán depositados en bandejas diferenciadas directamente por la empresa concesionaria de Parques y Jardines en el recinto habilitado.

2º.- Tratamiento del material depositado en el punto de control El material recogido en las viviendas será depositado en el recinto habilitado a tal fin, dentro de unas bandejas de metal, facilitadas por los ayuntamientos afectados, que no permitan que el viento pueda esparcir restos de estos elementos por la zona. Este material se someterá a un proceso de astillado por medio de una trituradora. La frecuencia de astillado irá en función del volumen de restos depositados. Inmediatamente después de esta fase se hará un tratamiento con un biocida autorizado para tal fin. El tratamiento se completará con un riego abundante para inducir un proceso fermentativo, elevar la temperatura y eliminar cualquier forma viva de las termitas que pudiera quedar en el material.

3º.- Transporte del material tratado hacia vertedero autorizado Una vez realizado el tratamiento y verificado que el material está libre de termitas, se procederá a su traslado a un vertedero autorizado. El transporte se hará en recipientes adecuados para tal fin, que deben garantizar que los restos no puedan ser esparcidos durante el recorrido. El traslado lo efectuará la empresa encargada de la recogida de los residuos sólidos domiciliarios.